FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Belgrano
- Ambientes 1
- Baños 1
- Antigüedad 6 años
- Estado Excelente
- Orientación Oeste
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 37,00 m2
- Sup. Cubierta 31,00 m2
- Sup. Semi Cubierta 6,00 m2
- Expensas 150000
$ 500.000
ALQUILER
Ciudad de la Paz 1900
Belgrano
MONOAMBIENTE AMPLIO AMOBLADO (POSIBILIDAD DE ALQUILARSE SIN MUEBLES EN $400.000) CON BALCÓN AL CONTRAFRENTE - ORIENTACIÓN OESTE - SUPER LUMINOSO - CONTRATO A 2 AÑOS CON AJUSTE CUATRIMESTRAL AL IPC - BAÑO COMPLETO - ANAFE ELECTRICO - AGUA CALIENTE CENTRAL - SEGURIDAD 24 HS. - AMENITIES: SUM, GIMNASIO, PISCINA Y LAUNDRY - EXCELENTE UBICACIÓN - A 2 CUADRAS DE SUBTE D, CABILDO Y JURAMENTO, ETC. - EL EDIFICIO CUENTA CON GARAGE EN PLANTA BAJA PARA USO POR HORA O ALQUILER MENSUAL - DEMOSTRACIÓN DE INGRESOS Y GARANTÍA PROPIETARIA CABA O FIANZA FINAER -
ciudad de la paz 1978
consúltenos: 4784-4444
belgrano@caian.com.ar
www.caian.com.ar
Corredor Responsable:
Juan Manuel Caian
Matrícula 4689 - CUCICBA
Excelencia en Servicios Inmobiliarios, desde 1972.
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Ascensor: 3
Expensas: 150000
ADICIONALES
Apto Profesional
Balcón
Luz
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.