FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Belgrano
- Ambientes 1
- Baños 1
- Cocheras 1
- Antigüedad 8 años
- Estado Excelente
- Orientación Oeste
- Tipo Cobertura Descubierta
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 35,00 m2
- Sup. Cubierta 32,00 m2
- Sup. Balcón 3,00 m2
- Expensas 230000
$ 800.000
ALQUILER
Zapata 500
Belgrano
MONOAMBIENTE CON COCHERA FIJA DESCUBIERTA - AMUEBLADO Y EQUIPADO - BALCÓN AL CONTRAFRENTE - AIRE ACONDICIONADO SPLIT FRIO CALOR MARCA BGH - PLACARD - BAÑO COMPLETO CON MAMPARA - COCINA INCORPORADA CON ANAFE Y HORNO ELECTRICO MARCA DOMEC - ORIENTACIÓN OESTE - SUPER LUMINOSO - AGUA CALIENTE POR TERMOTANQUE ELÉCTRICO - EXCELENTE ESTADO Y UBICACIÓN - AMPLIO - ESTACIÓN OLLEROS, SUBTE LÍNEA D, A 300 MTS. - 35 MT2 - EL EDIFICIO CUENTA CON SUM Y GIMNASIO - DEMOSTRACIÓN DE INGRESOS Y GARANTÍA PROPIETARIA O FIANZA FINAER - CONTRATO A 2 AÑOS CON AJUSTES TRIMESTRALES AL IPC - POSESIÓN INMEDIATA !!
ciudad de la paz 1978
belgrano@caian.com.ar
teléfono: 11 4784 4444
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Martillero Responsable:
Juan Manuel Caian
Matrícula 4689 CPI / 6668 CMCPSI
Excelencia en Servicios Inmobiliarios, desde 1972.
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.